¿Qué actos quedan excluidos de la firma digital?
Quedan excluidos para el uso de firma digital:
a) A las disposiciones por causa de muerte;
b) A los actos jurídicos del derecho de familia;
c) A los actos personalísimos en general;
d) A los actos que deban ser instrumentados bajo exigencias o formalidades incompatibles con la utilización de la firma digital, ya sea como consecuencia de disposiciones legales o acuerdo de partes.
Háganos su consulta sobre Temas de infomática sin cargo.
Un abogado lo asesorará en las próximas 24 hs.
Preguntas Frecuentes sobre Temas de infomática
Términos relacionados a Temas de infomática